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Gobierno da ultimátum a agricultores del Aconcagua para limitar riego y “asegurar consumo humano” en Región de Valparaíso

Francisca Mayorga

En una resolución publicada este lunes, el director (s) de la DGA dio un plazo máximo de quince días a los regantes del Río Aconcagua para que presenten un «acuerdo de redistribución», que restrinja -nuevamente- el agua que sacan de la cuenca y de esta forma recargar el embalse Los Aromos, principal fuente de abastecimiento del Gran Valparaíso y del litoral norte de la región. Es la primera vez que el Ejecutivo utiliza esta prerrogativa, incorporada en la reforma al Código de Aguas vigente desde abril.                                                 En una resolución publicada este lunes 16 de mayo, el director (s) de la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas, Cristian Núñez, exigió a los propietarios de derechos de aguas superficiales del Río Aconcagua -principalmente agricultores- remitir, en un plazo máximo de 15 días, un acuerdo de redistribución “y asegurar que (…), entre todos los usuarios de la cuenca, prevalezcan los usos para el consumo humano, saneamiento o el uso doméstico de subsistencia”.

Esta es la primera vez que el gobierno aplica dicha prerrogativa, la que fue incorporada en la reforma al Código de Aguas -publicada el pasado 6 de abril– ycuyo artículo 314 señala que, en zonas con declaratoria de escasez hídrica, la DGA podrá exigir a las Juntas de Vigilancia -administradoras de los derechos de agua- “la presentación de un acuerdo de redistribución, dentro del plazo de quince días corridos contado desde la declaratoria de escasez”.

En este caso, el servicio exigió a los regantes que el convenio a presentar debe permitir la recarga del embalse Los Aromos -que abastece al Gran Valparaíso y al litoral norte de la región- para que alcance, al 1 de septiembre, los 25,38 millones de m3 de agua que se necesitan para garantizar la continuidad del servicio. Este martes, según la DGA, la represa alcanzaba los 8,053 millones.

Asimismo, el acuerdo tiene que disponer caudales específicos para el funcionamiento de cuatro plantas de agua potable de la sanitaria Esval: 300 l/s en la instalación de Los Andes, 1.350 l/s en la de Las Vegas, 70 l/s en la de La Cruz y 3.000 l/s en la bocatoma de la planta de tratamiento de Concón.

Si no cumplen con lo establecido, la DGA podría “ordenar el cumplimiento de las medidas necesarias para que, con la dotación que les corresponda por la aplicación del acuerdo de redistribución, los prestadores de servicios sanitarios reciban el caudal o los volúmenes requeridos para garantizar el consumo humano, saneamiento o el uso doméstico de subsistencia, pudiendo además disponer la suspensión de las atribuciones de las Juntas de Vigilancia”.

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